La Indemnización Sustitutiva es una prestación que se paga por única vez y las hay de: vejez, invalidez y sobreviviente; estas se dan por el no cumplimiento de algunos requisitos para obtener cualquiera de las pensiones mencionadas por lo cual el fondo de pensión reconoce un monto único de dinero, cabe resaltar que la indemnización sustitutiva sólo se da en Colpensiones ya que en los fondos privados recibe otro nombre y son mucho mejores que en Colpensiones, esto debido al modelo de capitalización del RAI.